La LOPD - Incumplimiento Ley - Procedimiento Sancionador |
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| Escrito por Jose Pons |
| Viernes, 19 de Febrero de 2010 09:20 |
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Los artículos 43 a 49 de la LOPD regulan el procedimiento sancionador que podrá tramitar la Agencia Española de Protección de Datos. Este procedimiento se inicia contra los responsables de ficheros cuando existan pruebas razonables de que se ha producido alguna infracción de los principios y garantías contenidos en la LOPD. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y las sanciones económicas se sitúan dentro de los siguientes tramos: - Leves desde 601,01 € a 60.101,21 € Son sancionables en otros, el no solicitar la inscripción de fichero de datos de carácter personal en el Registro General de Protección de Datos. El no haber realizado la Adaptación a la Ley Orgánica de Protección de Datos mediante el documento Protocolo de Seguridad LOPD donde se determinan las medidas de orden Técnico, Organizativas y de Seguridad que tienen que contemplar los ficheros, locales, programas, equipos y personal con acceso a datos. A.E. Gestión Empresarial, S.L.- Realizamos todo el procedimiento de creación del Protocolo de Seguridad LOPD adaptado a sus necesidades, implantando las Medidas de Orden Técnico, Organizativos y de Seguridad establecidos por la Ley. Pidanos presupuesto sin compromiso.
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| Última actualización el Viernes, 12 de Marzo de 2010 16:43 |




AEPD Procedimiento Sancionador.